IMPOSTORES DE LO PÚBLICO
Por Alvaro Morales de León

Como impostor es conocida aquella persona que se hace pasar por otra, o por lo que no es, como sucede en los conocidos casos del contralor distrital de Cartagena, Freddy Quintero, y del diputado de la Asamblea de Bolívar, Hernando Padauí Álvarez, individuos que por la manera como ocupan sus cargos, bien pueden ser llamados impostores de lo público.
Con acertados motivos y debates jurídicos se ha insistido hasta el cansancio que el señor Quintero, Contralor Distrital, no debería estar ocupando este cargo de Contralor al cual llegó en 2017 desde el momento en que la señora Nubia Fontalvo, conocida en suficiencia por los motivos de su irregular elección fue destituida
La situación de Quintero que sigue irregularmente como encargado de la Contraloría Distrital desde el 1 de enero del año 2020 se agrava cuando este pasado mes de julio, estando impedido para hacerlo, participó en la fracasada elección de Contralor que proyectó y llevó a cabo el Concejo Distrital.
Su condición de encargado desde 2017, lo complica aún más por haber estado en el ejercicio del servicio público un año antes de la elección de Contralor Distrital que lo inhabilitaba para participar en dicha elección; condición que curiosamente no ha asumido o no ha querido asumir la Procuraduría, como sí ocurrió, en iguales circunstancias, con la elegida contralora municipal de Sincelejo.
El otro caso es el del diputado Hernando Padauí, de quien, igualmente, se ha insistido hasta el cansancio que se encuentra ocupando de manera irregular e ilegal una curul en la Asamblea Departamental de Bolívar, y todo porque sus resultados electorales del 27 octubre de 2019 en su aspiración a ser gobernador de Bolívar, lo ubicaron en el tercer lugar de votación y no en el segundo que fue ocupado por el voto en blanco, perdiendo entonces la opción legal y constitucional de ocupar una curul en la Asamblea, como actualmente lo hace.
La Ley 163 de 1994 acerca del voto en blanco dijo que es una opción válida del sufragante, y que se tomará como otro candidato que se ofrece en el Tarjetón.
Y finalmente, lo que la Ley Equilibrio de Poderes dice, no puede ser más claro, y que ajustado a este caso dice: “El candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Gobernador de Departamento, tendrá el derecho personal a ocupar una curul en la Asamblea Departamental durante el período de la correspondiente corporación”; y Padui, que ocupó el tercer lugar en votación, es junto con el encargado Contralor Distrital, un usurpador de lo público.
