Económicas

VERIFICA EN TU FACTURA DE GAS EL ESTADO ACTUAL DE TU INSPECCIÓN PERIODICA.

La Resolución CREG 059 de 2012 establece que las empresas distribuidoras de gas natural deben informar a los suscriptores sobre el estado de la Revisión Periódica y notificar oportunamente los plazos para su realización a través de la factura y otros canales oficiales.

En cumplimiento de esta normativa, Surtigas informa el estado de la Revisión Periódica con una antelación de 5 meses antes del vencimiento del plazo mediante la factura del servicio y una carta personalizada. A partir de esa notificación inicial, la empresa continúa enviando recordatorios mensuales a través de la factura, hasta que la revisión sea realizada y certificada por un organismo de inspección acreditado. Noticias Vital

La factura del servicio es la fuente más confiable para conocer el estado de la Revisión Periódica; sin embargo, algunos organismos de inspección acreditados pueden contactar a la comunidad mediante mensajes de texto o cartas para ofrecer sus servicios. Es importante aclarar que estos mensajes pueden no coincidir con la fecha real de vencimiento, por lo que Surtigas recomienda consultar siempre la factura.

Proceso de notificación de Surtigas:

  • 5 meses antes del vencimiento de la revisión periódica, se envía una carta junto con la factura y el listado de organismos de inspección que pueden realizar la revisión.
  • Después de esa primera notificación, en las facturas siguientes se recuerda la fecha límite para hacer la revisión.
  • Faltando 1 mes para el vencimiento, si aún no se ha programado, se envía una comunicación junto con la factura indicando la urgencia de realizarla.
  • Unos días antes del vencimiento, se notificará sobre una posible suspensión del servicio.
  • Faltando 5 días, y por seguridad, en caso de no evidenciar la Revisión Periódica al día, el servicio de gas natural puede ser suspendido en cualquier momento.

La información sobre los organismos de inspección se encuentra publicada en la página web: www.surtigas.com.co, en las oficinas de servicio al cliente y en la página web de la ONAC: www.onac.org.co.

Recuerda que la Revisión Periódica consiste en una inspección técnica a la instalación interna de gas natural, donde se determina si está operando en condiciones seguras y no representa riesgos para las personas. Esta inspección es obligatoria y está establecida en el código de distribución de gas combustibles, Resolución CREG 067 de 1995 y sus modificaciones.

La revisión periódica debe realizarse cada 5 años, aunque la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) permite que esta pueda realizarse de manera voluntaria en cualquier momento. @surtigas.oficial

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